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miércoles, 11 de mayo de 2011

Conceptos utilizados en Derecho


C
oncepto de Derecho en general:
Conjunto de las leyes y disposiciones que determinan las relaciones sociales desde el punto de vista de las personas y de la propiedad. Estas normas jurídicas son reglas de convivencia impuestas obligatoriamente por el Estado. En caso de incumplimiento, son aplicadas con el uso de la fuerza. El Derecho se caracteriza por ser:

Bilateral: Porque al accionar u obrar un sujeto, se ponen las obras y acciones de otros.

General: Porque se aplica a todos los individuos.

Coercitivo: Porque en caso de incumplimiento, se aplica con el uso de la fuerza.

Imperativo: Porque ordena.

Evolutivo: Porque se adecua al desarrollo de la vida social.

Se consideran Fuentes del Derecho:

La Ley: Es la principal fuente del Derecho. En sentido amplio, se entiende por Ley toda norma jurídica derivada de autoridad competente (constitución, decreto, etc.).

La Costumbre: Es la repetición constante y uniforme de determinados actos que, al ser observados por la generalidad de las personas cuyas actividades rigen, se convierten en obligatorios. Reúne dos elementos: el material y el psicológico.

La Jurisprudencia: Es el conjunto de sentencias sobre una misma cuestión jurídica. Si las decisiones se pronuncian en igual sentido hay jurisprudencia uniforme, y si se resuelven de manera distinta hay jurisprudencia contradictoria.

La Doctrina: Es la opinión de uno o varios autores sobre cuestiones jurídicas. Es una fuente mediata y formal de Derecho, y su valor depende del respeto y la autoridad del o de los juristas que la manifiestan.

Concepto de Derecho Objetivo

El Derecho Objetivo es el conjunto de reglas que rigen en la sociedad y que obligan al hombre a actuar de una manera determinada.
La norma que respalda al Derecho Objetivo, es el Derecho Positivo, que es el sistema de normas jurídicas que informa y regula efectivamente la vida de un pueblo en un determinado momento histórico. Es sancionado por y para el hombre. Éste se divide en dos ramas:

Derecho Público: Trata del gobierno de los ciudadanos. Organiza el poder público y regla las relaciones de los particulares con él (interviene el Estado).

Ramas:

Derecho Constitucional: Es un documento legal que consta de un texto escrito, único y orgánico con supremacía jurídica sobre el resto de las normas. Enuncia determinados derechos personales, conforme a una ideología política concreta y estructura al Estado, dividiéndolo en tres poderes: Poder Ejecutivo: Administra el Estado y adopta todas las medidas concretas para que las leyes se cumplan. Poder Legislativo: Dicta y veta las leyes. Poder Judicial: Aplica las leyes y sanciona a los que las violan.

El Derecho Constitucional aparece en la Constitución Nacional (que es su principal fuente jurídica) Son los derechos que le otorga el Estado a una persona por ser habitante de Argentina (Derecho a la libertad de expansión, de culto, de locomoción, al trabajo, a formar sociedades, a la igualdad de la Ley, de propiedad, de principio de legalidad, etc.). Su fuente es la Constitución Nacional.

Derecho Administrativo: Regula las relaciones del Estado como sujeto del Derecho Privado y las de aquel con sus administrados. Es el conjunto de normas positivas y de principios de Derecho Público de aplicación concreta a la institución y funcionamiento de servicios públicos y el consiguiente control jurisdiccional de la administración pública (nacional, provincial y municipal). La Principal fuente es el Código Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires.

Derecho Penal: Es un conjunto de leyes que se traducen en leyes tutelares o protectoras de bienes jurídicos que precisan su alcance, cuya violación se llama delito y que importa una coerción jurídica particularmente grave que procura evitar nuevas violaciones por parte de su autor.

Derecho Procesal Penal: Es el modo legalmente regulado de realización de la administración de justicia, que se compone de actos que se caracterizan por su tendencia hacia la sentencia y a su ejecución, como concreción de la finalidad de realizar el Derecho penal material. Estos actos se suceden entre la noticia del delito (a partir de la cual se promueve la acción) y la sentencia.
La Ley es fuente inmediata y suprema de este derecho (La Constitución Nacional, los Tratados Internacionales, el Código Procesal Penal, los Reglamentos del Poder Judicial, etc.).

Derecho Internacional Público: Conjunto sistematizado de principios y reglas jurídicas, fundadas en la naturaleza humana y de las cosas, interpretadas por la razón y en la historia, que rige las relaciones mutuas de las personas internacionales, para que puedan satisfacer sus justos intereses. Es decir, se refiere a las colectividades nacionales como sujetos de relaciones jurídicas, a los derechos y deberes de los Estados como integrantes de un orden general de naciones y dentro de una situación de paz. El Derecho Internacional Público se rige exclusivamente por convenciones de ambas partes.

Derecho Eclesiástico: Regula la organización de la sociedad eclesiástica en su unidad y, por consecuencia, la actividad ejercida por esa organización y la vida de esa organización considerada en sí misma, en cuando es de naturaleza jurídica. A diferencia de las instituciones civiles, el Derecho Eclesiástico tiene que ordenar campos a los que no pueden extenderse las instituciones civiles. El canonista tendrá que llegar a una consideración sobria de la estructura de la Iglesia y de las normas jurídicas eclesiásticas. Se encarga de determinar el lugar de esas normas en el conjunto de una estructura que hoy resulte admisible.

miércoles, 4 de mayo de 2011

¿Qué es un foro?



Un foro representa un segmento de la sociedad donde un grupo de personas mantienen conversaciones más o menos en torno a un tema en común y específico o bien cualquier tema de actualidad. En todo foro aparecen las figuras del administrador (superusuario), moderadores y usuarios. Normalmente en los foros aparecen una serie de normas para pedir la moderación a la hora de relacionarse con otras personas y evitar situaciones tensas y desagradables.
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¿Funciones de un foro?

Un foro en internet, comúnmente, permite que el administrador del sitio defina varios foros sobre una sola plataforma. Éstos funcionarán como contenedores de las discusiones que empezarán los usuarios; otros usuarios pueden responder en las discusiones ya comenzadas o empezar unas nuevas según lo crean convenientes. Se puede clasificar a los foros de internet en aquellos que requieren registrarse para participar y aquellos en los que se puede aportar de manera anónima. En el primer tipo, los usuarios eligen un nick, al que le asocian una contraseña y, probablemente, una dirección de correo electrónico para poder confirmar su deseo de unirse al foro. Los miembros, generalmente, tienen ciertas ventajas como las de poder personalizar la apariencia del foro, sus mensajes y sus perfiles (con información personal, avatares, etc.).

Algunos usuarios pueden llegar a obtener privilegios en el foro o parte de él, se los denomina Moderadores. Dichos privilegios pueden llegar a incluir la modificación y/o eliminación de posts ajenos, mover discusiones de foro, eliminarlas y otros mecanismos designados para mantener el clima cordial y amistoso dentro del foro según las normas designadas por el administrador. La decisión de quién será el moderador es tomada, generalmente, por el administrador o algún proceso específicamente diseñado para tal fin. Los sistemas de moderación son muy variados y es el administrador quien decide cuál usar así también como las normas generales del foro.

Por lo general los foros disponen de formas de personalizar la apariencia a la que le resulte más cómoda al usuario e inclusive algunas formas mixtas Son muchos los soportes disponibles para crear un foro en internet. Por lo general están desarrollados en PHP, Perl, ASP o Java y funcionan con CGI ó Java, en creatuforo.com se usa el lenguaje php y el de script foro phpbb. Los datos y la configuración se guardan, generalmente en una base de datos SQL o una serie de archivos de texto. Cada versión provee funciones y/o capacidades diferentes: los más básicos se limitan a los mensajes sólo con texto, los más avanzados facilitan la inclusión de multimedia, formato del texto, HTML y BBCode. A veces el soporte de los foros viene integrado con weblogs ó algún otro sistema de manejo de contenido.
 Fuente: http://www.creatuforo.com/que_es_un_foro.html

¿Qué es un Blog y para qué sirve?




 
Un blog es un sitio Web en donde uno o varios autores desarrollan contenidos. Los blogs también se conocen como weblog o cuaderno de bitácora. La información se actualiza periódicamente y,de la misma forma, los textos se plasman en forma cronológica; primero aparece el más recientemente escrita.

En cada artículo de un blog, los lectores tienen la capacidad de dejar sus comentarios. A su vez, estos pueden ser contestados por el autor de manera que se va creando un diálogo.
Otra característica de los Blogs es que suelen tener una temática específica. El autor escribe con total libertad y la temática es particular, los hay de tipo personal, periodístico, empresarial o corporativo, tecnológico, educativo (edublogs), políticos, etc.

Las herramientas de mantenimiento de weblogs se clasifican, principalmente, en dos tipos:
 
1) Aquellas que ofrecen una solución gratuita (como Freewebs, Blogger y LiveJournal), que son sencillas, fáciles de utilizar y ofrecen gratuitamente alojamiento del blog. Cualquier persona puede acceder a este tipo de blog y tener su diario listo en menos de 10 minutos de haberse registrado.

2) Soluciones profesionales como es el caso de WordPress o de Movable Type. Ambos Softwares – que también son gratuitos- se instalan en el servidor de hosting y son una alternativa más completa a Blogger y LiveJournal. Estos poseen una flexibilidad mayor a la hora de configurar cada aspecto del blog. Sin embargo, quienes utilicen este software necesitan de ciertos conocimientos en tecnologías web -y un mínimo de programación- para la instalación y mantenimiento del software.

¿Para qué lo usan las Empresas?
 
Cada vez más, las empresas apuestan blogs como herramienta de Marketing Directo. De esta manera, es posible una retroalimentación más efectiva. Es decir, es una forma de obtener opiniones e investigación de los consumidores, una especie de estudio de mercado.
Parte del atractivo de estos diarios online es que la persona que contribuye se puede expresar libremente.

Mc Donalds, una de las pioneras del blogging, tiene su blog corporativo en el que los CEOs se contactan con sus empleados. "Son de uso interno –aclara Luciano Parola, director de sistemas de la filial argentina– y su principal ventaja es que, mientras la página Web comunica en una sola dirección, el blog lo hace en mútliples direcciones".

Una empresa que tenga un blog, por otra parte debe estar dispuesta a soportar las críticas de los consumidores.
"Los diarios en línea tienen mucho que ver con la autenticidad, con ir más allá de la jerga corporativa y las relaciones públicas y establecer un verdadero diálogo", dice Michael Wilesy, director de nuevos medios en General Motors. En ese sentido, agrega, "es esencial no ser tan susceptible ante las críticas y aceptar las cosas negativas".


Blogs en Argentina
 
En las empresas argentinas, el fenómeno es muy incipiente. Gran cantidad de empresas incluido el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires poseen su propio blog corporativo.

"Los blogs recién empiezan pero están creciendo", dice Matías Attwell, gerente de Terra Argentina.

"Muchas empresas ignoran los blogs, pero otras los utilizan para sus campañas de Marketing", dice Attwell. Sedal, de Unilever, creó este verano un blog para que sus clientas contaran sus anécdotas e impresiones en formato de diario.

Este tipo de herramientas posibilita la comunicación personal y directa, no como en los sitios web tradicionales donde los contenidos son formales y están dictados por los departamentos de marketing. La era de las comunicaciones asimétricas, en la que se instalaron los medios masivos tradicionales, está llegando a su fin. "Este cambio ocurre de manera más acelerada en la blogósfera, que se instala como canal generador de opiniones en tiempo real y discusiones dinámicas sobre marcas y corporaciones", dice Richard Edelman, presidente de la consultora internacional de Relaciones Públicas que lleva su nombre.

Según el estudio "Barómetro de confianza" realizado por Edelman el año pasado, la credibilidad de los blogs se basa en que las personas son más propensas (en una proporción de 3 a 1) a creer en "gente común" antes de que en una figura de autoridad, como un CEO. No obstante, otra encuesta realizada entre más de 800 compañías detectó que un "70% de ellas no tiene lineamientos en práctica para empleados bloggers".

Los blogs representan un cambio comunicacional y son tanto una oportunidad y un desafío. Definitivamente, dejan de lado la comunicación asimétrica a la que estamos acostumbrados. Y, definitivamente, se quiera o no, es una nueva tecnología a la que habrá que adaptarse.

Fuente: : fortuna.uol.com.ar

Sobre Mi

Hola mi nombre es Marcelo Walker, tengo 25 años, trabajo en Carrefour como vendedor de electrodomésticos y estudio Administración Pública en el Instituto N°15  de Campana